Cáncer y Enfermedades Perniciosas
El cáncer se ha convertido en la segunda causa de muerte en Puerto Rico. Triple-S Vida ha desarrollado un seguro para Cáncer y Enfermedades Perniciosas importante aún para personas que ya tienen cobertura de cáncer en sus planes de salud.
El mismo provee ingresos adicionales para cubrir gastos imprevistos o no cubiertos por su plan médico como lo son algunos deducibles, medicamentos, y otros gastos incidentales como viajes y hospedaje.
Entre las enfermedades perniciosas se encuentran:
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Distrofia Muscular |
Poliomielitis |
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Esclerosis Múltiple |
Encefalitis |
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Rabia |
Tétano |
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Anemia Trepanocítica |
Osteomielitis |
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Meningitis |
Tuberculosis |
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Fiebre Tifoidea |
Malaria |
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Síndrome de Reye |
Miastenia Grave |
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Fiebre Reumática |
Lupus Erithematosus |
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Difteria |
Turalemia |
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Fiebre Escarlatina |
Viruela |
Este seguro ofrece una amplia variedad de beneficios y servicios entre los que se encuentran:
· Pruebas para el Diagnóstico de Cáncer
Costo usual y acostumbrado por biopsias, tomografías computadorizadas, rayos X y otras pruebas que sean necesarias para un diagnóstico positivo de Cáncer. Este beneficio comienza en $500 con un incremento anual de $50 hasta llegar a $1,000.
· Hospital
Se le pagará $250 el primer día, $225 diarios del segundo al décimo día y $150 diarios comenzando desde el día 11 hasta el día 59, mientras esté hospitalizado de forma ininterrumpida para tratamiento de cáncer y enfermedades perniciosas. Se considera como un mismo período de reclusión cuando dos o más períodos están separados por 30 días o menos.
· Cubierta de Hospitalización Extendida
Comenzando con el día 60 de hospitalización ininterrumpida como resultado de cáncer o enfermedad perniciosa, se le pagará un máximo de $20,000 mensuales.
· Medicinas y Drogas
Del beneficio pagado por hospital, se pagará un 25% adicional por el servicio de medicinas y drogas hasta los primeros 59 días de hospitalización ininterrumpida.
· Intervenciones Quirúrgicas
Se le pagará hasta un máximo de $6,500 por intervención quirúrgica para una condición de cáncer o enfermedad perniciosa, según la Tabla de Beneficios Quirúrgicos de la póliza. Sin límite en el número de procedimientos. De ser sometido a procedimientos múltiples o bilaterales durante una misma cirugía, se pagará el procedimiento mayor más un 50% de la menor.
· Segunda opinión para Cirugía
Se cubrirá hasta $100 por una segunda opinión médica relacionada a una intervención quirúrgica para cáncer o enfermedad perniciosa (excepto cáncer de la piel).
· Cáncer de la Piel
Pagaremos hasta $140 por cada excisión de cáncer de la piel.
· Médico Asistente
Pagaremos hasta $80 por cada visita diaria del médico, que no sea el cirujano, mientras esté hospitalizado como resultado de cáncer o enfermedad perniciosa por los primeros 59 días de reclusión ininterrumpida.
· Anestesia
Además a la intervención quirúrgica, se le pagará hasta un 25% del costo de ésta por el servicio de anestesia. En operaciones de cáncer de la piel el costo será de hasta $125 por intervención.
· Enfermera Privada
Mientras esté recluido, se le pagará un máximo de $125 diarios por servicios profesionales de enfermería, que no sean miembros inmediatos de su familia. Este beneficio aplica dentro de los primeros 59 días de hospitalización ininterrumpida.
· Radioterapia y Quimioterapia
Beneficio hasta $5,500 anuales por tratamiento de radioterapia, quimioterapia, cobalto, radio o isótopos radioactivos, aunque sean de naturaleza experimental, suministrados por un radiólogo o hematólogo oncólogo licenciado. Sin límite de años.
· Sangre y Plasma
Cargos usuales y acostumbrados por sangre y plasma incurridos durante los primeros 59 días de hospitalización ininterrumpida, sin límite de transfusiones.
· Servicio de Ambulancia Terrestre
Cargos usuales y acostumbrados por servicio de ambulancia registrada en PR, por transportación desde y hacia el hospital donde esté recluido para tratamiento de cáncer y enfermedades perniciosas. Sin límite de reclusiones.
· Transportación aérea
Se pagará por tarifa normal aérea en clase económica desde PR hasta el hospital que provea tratamientos especiales por cáncer o enfermedades perniciosas, que no sean posibles obtener localmente. Sin límite de viajes.
· Transportación aérea y alojamiento para un acompañante
Beneficio para el pago de tarifa normal aérea y costo razonable de hospedaje para un familiar adulto del asegurado que lo acompañe a recibir tratamiento de cáncer fuera de PR, hasta un máximo de $4,000 durante la vida del asegurado.
· Prótesis de seno
Cargo usual, corriente y razonable por la prótesis de seno. Otras prótesis hasta un máximo de $2,000.
· Indemnización por Pérdida de Ingresos (asegurado principal solamente)
Recibirá $600 mensuales mientras esté hospitalizado por cáncer o alguna enfermedad perniciosa siempre y cuando dicha incapacidad conlleve la pérdida de salarios. Sin límite de reclusiones.
· Casa de Convalecencia
Beneficio por reclusión en hogar de convalecencia hasta $100 diarios por los primeros 12 días y hasta $75 por los siguientes 18 días, período similar al que estuvo hospitalizado o 30 días, lo que sea menor.
· Servicios en Unidad de Cuidado Intensivo para el Tratamiento de Cáncer o Enfermedad Perniciosa
Beneficio de $350 diarios por reclusión en unidad de cuidado intensivo hasta un máximo de 20 días por reclusión y 70 días en total durante la vida del asegurado.
· Relevo de Pago de Prima
Se le relevará del pago de la prima mensual de la póliza básica a partir de la fecha de diagnóstico positivo de cáncer al asegurado principal.
· Reembolso de Gastos por Servicios de Funeral
Como consecuencia de la enfermedad de cáncer o enfermedad perniciosa se pagará hasta $4,000 a la persona que presente evidencia satisfactoria de haber incurrido en los gastos de funeral del asegurado fallecido.
· Diagnóstico Post-Mortem
Beneficio para diagnóstico positivo de cáncer post mortem (luego de fallecer el asegurado) que comienza en la fecha de la última reclusión hospitalaria.
Para mayor información sobre éste y otros productos, comuníquese con nosotros al 787-758-4888.