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    Cuenta de Retiro Individual (IRA)

    Una cuenta o anualidad de retiro individual es un programa de ahorro creado bajo la Ley de Contribuciones Sobre Ingresos y/o Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, según enmendada. Ésta se puede establecer mediante una cuenta de ahorro con una institución financiera o por medio de un contrato de anualidad con una compañía de seguros de vida.

    La cuenta o anualidad de retiro individual se puede establecer directamente por el individuo elegible, por un patrono para el beneficio de sus empleados o beneficiarios, o por una asociación de empleados para beneficio de sus empleados, miembros o beneficiarios.  

    Cualquier individuo menor de 75 años al cierre del año contributivo, que reciba ganancia atribuible a profesión u ocupación, o ingresos por salarios, sueldos, propinas, bonos, comisiones o compensación por servicios profesionales, es elegible para establecer una Cuenta o Anualidad de Retiro Individual. Además, un cónyuge puede establecer una cuenta de retiro individual a nombre del otro aunque éste no reciba ingresos.

    Las cuentas de retiro individual de Triple-S Vida te ofrecen triple garantía:

    ·         Sin riesgo al principal ya que el crecimiento de su cuenta esta garantizado

    ·         Interés corriente competitivo

    ·         Tasa de interés mínima garantizada

    Triple-S Vida le ofrece dos tipos de cuenta de retiro individual:

    Triple IRA Exenta

    La Ley de Contribuciones Sobre Ingresos y/o Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 1994, según enmendada, le permite una deducción por aportaciones de hasta $5,000 en su planilla de contribución sobre ingresos, o $10,000 para matrimonios que rindan planilla conjunta. Si además de la cuenta IRA usted tiene participación en planes de compensación diferida tipo 401k o 165e, la suma de la IRA y las aportaciones a estos planes no puede exceder de $8,000. Usted puede hacer aportaciones siempre y cuando al cierre del año contributivo no haya cumplido 75 años.

    Si usted es beneficiario de una cuenta de retiro individual, puede comenzar a recibir el ahorro acumulado en su cuenta a partir de la fecha en que cumpla 60 años de edad. Dicha distribución tiene que comenzar no más tarde del cierre del año contributivo en que usted alcance la edad de 75 años.

    La Triple IRA Exenta de Triple-S Vida le ofrece las siguientes ventajas:

    • Tasa de interés exenta garantizada por el término indicado en el contrato
    • Principal diferido de impuestos hasta la fecha en que se retiren las aportaciones
    • Intereses 100% exentos de impuestos
    • Intereses exentos garantizados
    • No tiene cargos de apertura

    Triple-S Vida tiene alternativas para que usted escoja la cuenta de retiro individual que mejor se adapte a sus necesidades. La diferencia entre los productos ofrecidos puede ser, entre otros, las tasas de intereses prevalecientes, el interés mínimo garantizado o el período de cargos por redención, el período de garantía de intereses (que podría variar desde un año hasta todo el tiempo que la cuenta esté activa).

    Triple IRA Roth

    La IRA Roth o cuenta de retiro individual no deducible es una cuenta IRA cuya aportación a la misma no puede ser deducida de su planilla de contribución sobre ingresos. El dinero aportado a la cuenta IRA Roth está sujeto a tributación. Sin embargo, el dinero que se acumula en la cuenta IRA Roth estará totalmente exento de contribuciones, principal e intereses, cuando se retire de la cuenta siempre y cuando, el dueño de la cuenta haya cumplido 60 años de edad al momento del retiro.

    Las aportaciones máximas disponibles por ley son de hasta $5,000. Si además de la cuenta IRA usted tiene participación en planes de compensación diferida tipo 401k o 165e, la suma de la IRA y las aportaciones a estos planes no puede exceder de $8,000. Usted podrá aportar a una IRA Roth y a una IRA tradicional siempre que la combinación de las aportaciones para ambos tipos de cuentas no exceda los $5,000 permitidos por ley. Solamente podrá deducir de sus planillas de contribución sobre ingresos la porción aportada en la IRA tradicional.

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